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Quién responde de una voladura en cantera y qué autorizaciones pide la autoridad minera

La norma básica de seguridad minera, el Reglamento de Explosivos de 2017 y la ITC de voladuras especiales reparten las obligaciones entre la empresa, el director facultativo y quien dispara.

Redacción Veta 9 min de lectura

Voladura en una cantera: nubes de polvo blanco y fragmentos de roca proyectados sobre el frente, con una explanada clara en primer plano y cielo azul
Imagen de archivo: voladura en una cantera de caliza de Estonia. "Aru-Lõuna quarry blasting", Siim Roov, Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0 (redimensionada) · Original

Claves

  • Toda cantera que use explosivos trabaja bajo la autoridad de un director facultativo con la titulación que exige la ley, según la norma básica de seguridad minera.
  • Solo cargan y disparan las personas que designa la dirección facultativa y que superan un examen de aptitud ante la autoridad competente.
  • Las voladuras especiales, entre ellas las próximas a núcleos habitados, necesitan un proyecto firmado por un técnico titulado de Minas y autorización previa.

Una cantera que arranca roca con explosivos responde ante tres normas estatales. La más antigua es el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado por el Real Decreto 863/1985, de 2 de abril. Fija reglas mínimas para minas y canteras cuando el trabajo requiere técnica minera o explosivos.

El Reglamento de Explosivos llegó con el Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero. Suma 190 artículos y 34 instrucciones técnicas complementarias (ITC). Para las voladuras especiales rige además la ITC 10.3.01, en la redacción que le dio la orden ministerial de 29 de julio de 1994.

El director facultativo responde de toda la explotación

La norma minera no deja ninguna actividad sin responsable. Su artículo 3 pone todos los trabajos «bajo la autoridad de un Director facultativo responsable con titulación exigida por la Ley». El reglamento no detalla el título: remite a la ley.

Si trabaja un contratista, el contrato tiene que nombrar a la persona responsable de cumplir el reglamento (artículo 4). Ocurre, por ejemplo, cuando la cantera encarga la perforación y la pega a otra empresa.

Las empresas que consumen explosivos de forma habitual deben tener Disposiciones Internas de Seguridad (DIS) que concreten cómo aplican el reglamento (artículo 127). Las establece el director facultativo y se someten a la aprobación de la autoridad competente. Una vez aprobadas, obligan a toda la plantilla (artículo 5).

En el centro de trabajo, el director y los responsables de montaje y mantenimiento deben guardar el reglamento con sus ITC, los proyectos autorizados y las disposiciones internas, entre otros documentos (artículo 13 de la norma minera). El Reglamento de Explosivos añade una obligación personal. Quien tenga cargos de mando o de control responde del cumplimiento de la norma y debe advertir al personal a su cargo del peligro de sus tareas (artículo 3.4).

Solo manejan explosivos las personas designadas que aprueban el examen

El artículo 137 de la norma minera limita el manejo de explosivos a las personas que designa la dirección facultativa. Cada una tiene que superar, aparte, un examen de aptitud ante la autoridad competente.

El Reglamento de Explosivos exige además el carné de artillero al personal que maneja y consume explosivos, y lo desarrolla en su ITC número 8. Contempla también un carné de auxiliar de artillero.

La licencia o autorización la necesita la empresa como agente económico, no cada uno de sus empleados (artículo 5.6 del Reglamento de Explosivos). Esa autorización solo vale mientras el titular mantenga en vigor un seguro u otra garantía de responsabilidad civil. La cuantía depende de la clase y la cantidad de explosivo que se vaya a usar y del riesgo (artículo 3.12).

Dentro de la explotación, el transporte de explosivos lo hacen personas autorizadas (artículo 131 del reglamento minero). En el depósito, quien los mueve solo los entrega contra recibo y a personas autorizadas, y lleva al día un libro-registro (artículo 135 del reglamento minero).

Proyecto de explotación, plan de labores y autorización de consumo

Según el artículo 111 de la norma minera, antes de abrir un trabajo a cielo abierto, o de reanudarlo, el explotador necesita autorización. La pide con un proyecto completo que detalle la finalidad, el sistema de explotación y los medios, junto con las medidas para evitar daños a personas, bienes y medio ambiente.

Cualquier cambio de fondo en ese proyecto pasa por una nueva aprobación. Su desarrollo se hace después en los planes anuales de labores. Todo proyecto lo dirige y lo firma un técnico titulado competente, según el artículo 8 de esa misma norma.

El consumo de explosivos tiene su propio régimen. El Reglamento de Explosivos regula las autorizaciones de los consumidores, los pedidos de suministro y los libros de registro en explotaciones y obras. Las empresas autorizadas para utilizar explosivos deben tener un sistema de seguimiento de su tenencia conforme a la ITC número 5 (artículo 3.15 de ese reglamento).

Si la cantera tiene depósito propio, la autorización depende del tamaño. Hasta 10.000 kilos netos de explosivo la concede el Delegado del Gobierno en la comunidad autónoma; por encima, el ministerio, que el reglamento cita como de Energía, Turismo y Agenda Digital.

Una solicitud sin resolver en tres meses puede entenderse desestimada, aunque la Administración sigue obligada a resolver. La intervención de explosivos corresponde a la Guardia Civil, que puede inspeccionar en cualquier momento los lugares donde se utilizan.

Las voladuras especiales exigen un técnico titulado de Minas

El artículo 150 de la norma minera llama voladuras especiales, entre otras, a las grandes voladuras y a las próximas a núcleos habitados o a construcciones de servicio público. Lo son con independencia de la cantidad de explosivo. Necesitan autorización con un proyecto aprobado (artículo 151).

La ITC 10.3.01 concreta las categorías. Una gran voladura es la que, por geología, geometría, volumen o carga máxima instantánea, requiere a juicio de la autoridad minera medidas preventivas añadidas. También son especiales las que pueden afectar a núcleos urbanos, industrias, vías de comunicación o presas, y las cercanas a líneas eléctricas o a emisoras de radio, televisión o radar.

El proyecto lo firma un técnico titulado de Minas y lo aprueba la autoridad minera. Incluye el plan de tiro con la carga, el retacado y el sistema de encendido, además del horario y las señales de advertencia. Debe recoger también las construcciones, vías, conducciones y líneas eléctricas situadas dentro de un radio que varía según el tipo de voladura.

Una gran voladura a cielo abierto obliga a revisar lo que haya en 1.000 metros

Radio alrededor de la voladura especial en el que el proyecto debe recoger construcciones e instalaciones, según la ITC 10.3.01, en metros

Bajo agua en el marBajo agua en el mar: 1.500 m1.500Gran voladura a cielo abiertoGran voladura a cielo abierto: 1.000 m1.000Bajo agua en otros casosBajo agua en otros casos: 1.000 m1.000Gran voladura subterráneaGran voladura subterránea: 500 m500Resto de voladuras especialesResto de voladuras especiales: 500 m500DemolicionesDemoliciones: 200 m200Bajo agua en el marBajo agua en el mar: 1.5001.500Gran voladura a cielo abiertoGran voladura a cielo abierto: 1.0001.000Bajo agua en otros casosBajo agua en otros casos: 1.0001.000Gran voladura subterráneaGran voladura subterránea: 500500Resto de voladuras especialesResto de voladuras especiales: 500500DemolicionesDemoliciones: 200200
Ver los datos
Valor (m)
Bajo agua en el mar1.500
Gran voladura a cielo abierto1.000
Bajo agua en otros casos1.000
Gran voladura subterránea500
Resto de voladuras especiales500
Demoliciones200
Fuente: ITC 10.3.01 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (BOE).

Esas distancias pueden modificarse según la voladura y su entorno. Si hay construcciones expuestas a vibraciones, la autoridad puede exigir que se aplique la norma UNE 22.382 de control de vibraciones. Las empresas que vuelan de forma habitual pueden sustituir el horario y las medidas de seguridad por su DIS.

Cuando la necesidad aparece con la autorización de consumo ya concedida, hay que pedir antes la aprobación de la autoridad minera, con el proyecto por duplicado. Si las voladuras especiales se repiten, cabe un proyecto tipo que mantenga los parámetros de la primera.

Ya autorizada, cada voladura especial la dirige a pie de obra un técnico titulado de Minas, que responde de ella. La autoridad minera fija la cuantía del seguro de responsabilidad civil según la importancia de la operación.

Las empresas de voladuras especiales renuevan su inscripción cada año

Quien ejecute voladuras especiales debe estar autorizado e inscrito para cada tipo que haga. La inscripción tiene carácter nacional y vale un año. Se pide en la provincia del domicilio social, con un certificado de la autoridad minera de esa provincia.

Ese certificado acredita tres requisitos. El primero, equipo técnico y disposiciones internas para los tipos de voladura en los que se inscribe. El segundo, un seguro de responsabilidad civil de al menos 15 millones de pesetas por accidente (unos 90.150 euros), cantidad que la ITC manda revisar cada año con el IPC. El tercero, al menos una persona en plantilla con cartilla de artillero autorizada para esas pegas.

Barrenos, detonadores y fallidos en la norma minera

Las reglas de uso del capítulo X del reglamento minero valen para cualquier voladura. Solo se emplean explosivos y detonadores homologados, igual que el resto de artificios (artículo 128). No se carga mientras se perfora, salvo autorización expresa.

Si al perforar aparecen cavidades, fisuras o grietas, el barreno no se carga a granel sin medidas que eviten que el explosivo se acumule fuera. Sin autorización previa, la mecha ordinaria no puede disparar más de seis barrenos por pega. Los detonadores eléctricos se conectan en serie, salvo que se autorice otro tipo de conexión, y la pega eléctrica se da con explosores homologados.

Antes del disparo, el responsable de la pega comprueba que todos los accesos están vigilados o señalizados. Nadie vuelve al frente hasta que se disipan los humos (artículo 143). Después, un vigilante lo revisa antes de reanudar el trabajo.

Un barreno fallido es el que conserva explosivo tras la voladura. Se señaliza y el responsable de la labor avisa a su jefe inmediato. Está prohibido recargar fondos de barreno, reprofundizar fallidos o seguir perforando desde fondos de barrenos (artículo 149).

En el depósito, los detonadores van en nichos distintos de los explosivos. Sin autorización expresa, no pueden pasar de diez por cada kilo de explosivo almacenado (artículo 132).

Zonas habitadas, líneas eléctricas y tormentas en la ITC 10.3.01

Cuando hay riesgo de proyecciones sobre terceros, la ITC exige al responsable de la voladura una supervisión efectiva. Abarca el marcado y la profundidad de cada barreno, la detección de coqueras, la carga de cada barreno y su retacado, además de la conexión de la secuencia.

Los barrenos que atraviesan coqueras o fisuras se desechan o se dejan sin cargar en el tramo afectado, con retacados intermedios inertes. El retacado debe ser, siempre que se pueda, el doble del que marca la ITC 10.2.01. Como protección, la norma recomienda mallazos o redes tupidas y bandas de goma. Desaconseja las chapas que no dejan salir los gases.

Hay que cerrar el perímetro a personas ajenas y señalizarlo con carteles, y el disparo se anuncia con señales acústicas. Si la voladura puede afectar a una vía abierta al tráfico, hay que avisar a la Policía Municipal o a la Guardia Civil para acordar los cortes.

Cerca de líneas eléctricas, la ITC fija distancias mínimas según la tensión. Por debajo de ellas, el encendido eléctrico exige un estudio preliminar que descarte riesgos y, como mínimo, detonadores insensibles. A menos de 200 metros de una línea, la línea de tiro se orienta lo más perpendicular posible al tendido. Con tormenta, se suspende la voladura.

Hasta el 31 de diciembre de 2027 para la distancia a otros depósitos de explosivos

La ITC número 9 del Reglamento de Explosivos, que regula el diseño y el emplazamiento de fábricas y depósitos, tiene nueva redacción. La orden la firmó el 29 de septiembre de 2025 la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen.

Las distancias al entorno se calculan con fórmulas que dependen de la división de riesgo y de la cantidad de explosivo. La orden define núcleo de población como un conjunto de al menos diez edificaciones que formen calles o plazas, o menos si superan los 50 habitantes.

Fábricas y depósitos tienen hasta el 31 de diciembre de 2027 para cumplir las distancias respecto a otros depósitos de explosivos. Todos sus edificios peligrosos deben quedar bajo un sistema de protección contra rayos.

Un accidente grave se comunica con la mayor urgencia

El titular de la explotación comunica con la mayor urgencia a la autoridad minera cualquier accidente mortal o con lesiones graves (artículo 16 de la norma minera). Esa comunicación no sustituye a las notificaciones a la autoridad laboral. Lo mismo vale para un incidente que comprometa gravemente la seguridad. Los trabajos de salvamento los dispone la dirección facultativa, que informa a la autoridad (artículo 17 de la norma minera).

Para una cantera de roca ornamental, la revisión empieza por lo que la norma obliga a tener: el nombramiento del director facultativo, unas DIS que cubran las voladuras que se hacen hoy y el examen y el carné de cada persona que carga y dispara. El seguro de responsabilidad civil debe seguir en vigor, porque de él depende la validez de la autorización. Hay que comprobar también si alguna voladura entra en la categoría de especial por su cercanía a viviendas, carreteras o líneas eléctricas. Si la pega la hace un contratista, el contrato debe nombrar al responsable, y para voladuras especiales la empresa debe estar inscrita en ese tipo.

Este artículo es información sobre normativa publicada en el BOE y no constituye asesoramiento jurídico ni técnico.

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