¿Vendes piedra como ecológica? Ahora tienes que probarlo
La directiva (UE) 2024/825 obliga a los Estados de la UE a aplicar desde el 27 de septiembre de 2026 las normas que la incorporan, que limitan reclamos como «ecológico» o «climáticamente neutro» en la publicidad.
Claves
- Los Estados miembros deben aplicar desde el 27 de septiembre de 2026 las medidas que incorporan la directiva (UE) 2024/825.
- Reclamos genéricos como «ecológico» exigen detallar el beneficio en el mismo soporte o contar con un reconocimiento ambiental oficial.
- «Climáticamente neutro» por compensación de emisiones queda prohibido en todas las circunstancias.
Los Estados miembros deben aplicar desde el 27 de septiembre de 2026 las medidas nacionales que incorporan la directiva (UE) 2024/825, según el texto oficial publicado en EUR-Lex. La norma, firmada el 28 de febrero de 2024, regula los reclamos ambientales, las etiquetas de sostenibilidad y las promesas climáticas en la publicidad.
La directiva obliga a través de las leyes de cada país
El texto europeo se dirige a los Estados miembros, no a las empresas. Estos debían adoptar y publicar las medidas necesarias antes del 27 de marzo de 2026 y aplicarlas desde el 27 de septiembre. Las obligaciones llegan a las empresas a través de la norma con la que cada Estado incorpora la directiva.
La directiva modifica la normativa europea sobre prácticas comerciales desleales con los consumidores (Directiva 2005/29/CE) y la de derechos de los consumidores (2011/83/UE). Ni el texto de la directiva ni el artículo de Naturstein Online que se cita más abajo mencionan la piedra natural.
El medio alemán Naturstein Online (en alemán) cuenta que Alemania aplica desde esa fecha la reforma de su ley contra la competencia desleal. Las fuentes de esta pieza no recogen el estado de la transposición en España.
Qué reclamos quedan en riesgo
Se prohíben los reclamos ambientales genéricos si no se acredita un comportamiento ambiental excelente reconocido y relevante para lo que se afirma. Entre los ejemplos del texto figuran «ecológico» y «respetuoso con el medio ambiente» (traducción propia).
Si el reclamo se detalla de forma clara y destacada en el mismo soporte, deja de ser genérico. El considerando 9 contrapone un «embalaje respetuoso con el clima», genérico, con la afirmación de que toda la energía para producirlo es renovable, que es específica. Como prueba de excelencia reconocida, la directiva cita la etiqueta ecológica de la UE y los sistemas oficiales de ecoetiquetado de la norma ISO 14024.
La compensación de emisiones tiene un trato aparte. Decir que un producto es «climáticamente neutro» por haber comprado compensaciones queda prohibido en todas las circunstancias. Sí se pueden anunciar inversiones en proyectos ambientales, incluidos los de créditos de carbono, siempre que no induzcan a error.
Las promesas de futuro necesitan un plan de aplicación detallado y realista, con objetivos medibles y plazos, verificado de forma periódica por un experto independiente cuyas conclusiones lleguen al consumidor.
Las etiquetas de sostenibilidad que no se basen en un sistema de certificación ni las haya creado una autoridad pública quedan prohibidas. El reclamo tampoco puede cubrir todo el producto o toda la empresa cuando solo afecta a una parte.
Caso ilustrativo: un catálogo que presente una piedra como «ecológica» sin más tendría que explicar en el mismo catálogo en qué consiste la ventaja, y un distintivo de fabricación propia quedaría fuera.
Quién puede perseguirlo: el ejemplo alemán
La directiva no detalla quién denuncia. Se limita a decir que sus normas permiten a los organismos nacionales competentes actuar con eficacia contra estas prácticas. En Alemania, según Naturstein Online, las infracciones pueden perseguirlas competidores y asociaciones.
Según la misma fuente, la ley alemana pone la carga de la prueba en la empresa que anuncia, y las pruebas deben existir en el momento de la publicidad. La obligación alcanza a ofertas, conversaciones comerciales, newsletters y páginas web.
La excepción alemana para la mercancía ya vendida espera al Bundesrat
Según Naturstein Online, Alemania publicó su ley el 12 de febrero de 2026 en el Boletín Federal, antes del plazo de transposición del 27 de marzo. El Bundestag aprobó el 24 de septiembre una excepción (§ 15b UWG) para la mercancía puesta en circulación antes del 27 de septiembre. Prevé, hasta septiembre de 2028, una valoración de proporcionalidad en las demandas de cese.
A finales de septiembre le faltaban el acuerdo del Bundesrat y la publicación en el Boletín Federal, según el mismo medio. La siguiente sesión ordinaria del Bundesrat estaba prevista para el 16 de octubre.
Para la Wettbewerbszentrale, que cita Naturstein Online, no es un plazo de liquidación de existencias sino una valoración caso a caso. La publicidad en internet o en papel debe cumplir la norma sin transición.
Esta información no constituye asesoramiento jurídico.